Resolución nº 3436, de Corte de Apelaciones de Valdivia - Sala Segunda, 2 de Abril de 2009
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Resumen
HIPOTECA. Las resoluciones judiciales sólo producen efecto en virtud de notificación hecha con arreglo a la ley, salvo los casos expresamente exceptuados por ella. Asimismo, según el artículo 48 del mismo cuerpo legal la resolución en que se reciba a prueba la causa y las resoluciones en que se ordene la comparecencia personal de las partes, se notificarán por medio de cédulas que contengan la copia íntegra de la resolución y los datos necesarios para su acertada inteligencia.
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Recurrido
Extracto
Resolución nº 3436, de Corte de Apelaciones de Valdivia - Sala Segunda, 2 de Abril de 2009
VALDIVIA, dos de abril de dos mil nueve.-
VISTOS:Por sentencia de primera instancia de fecha trece de enero de dos mil nueve, pronunciada por el Juez titular del Segundo Juzgado Civil de esta ciudad, se rechazó la demanda civil en juicio ordinario interpuesta por doña María Luz Isolde Ríos Carrasco en contra del Banco del Estado de Chile, en or...Ver el contenido completo de este documento
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