Resolución nº 12863, de Corte de Apelaciones de la Serena - Sala Segunda Sala, 25 de Agosto de 2009
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Resumen
ACCIDENTE DE CIRCULACIÓN. La responsabilidad infraccional corresponde a la conductora, sin que hubiera desvirtuado con otra prueba convincente, la presunción que legalmente le afectaba. En cuanto a la consiguiente responsabilidad civil que se persigue en estos autos, toca indicar que no existe un presupuesto formalmente emitido respecto del dañado vehículo marca Toyota, ya que el documento privado acompañado a fojas 8, no tiene fecha, se desconoce su autor, y se ignora a que vehículo se refiere, ya que ninguna mención se hace al vehículo Toyota.
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Recurrente
Extracto
Resolución nº 12863, de Corte de Apelaciones de la Serena - Sala Segunda Sala, 25 de Agosto de 2009
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k.d.-La Serena, veinticinco de Agosto de dos mil nueve.VISTOS:Se reproduce la sentencia elevada en alzada de fecha seis de enero de dos mil nueve, sólo en lo expositivo con la salvedad que se sustituye íntegramente la letra A) por la siguiente: A.- Fotocopia de una cotización de reparación (fojas 8) fotocopias de la camioneta siniestrada (fojas 9 y 10, 31 y 32) y fotografías de cal...Ver el contenido completo de este documento
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