Resolución nº 10408, de Corte de Apelaciones de Rancagua - Sala Segunda, 11 de Junio de 2007
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Resumen
DERECHO TRIBUTARIO. El fallo del Tribunal Constitucional que derogó al artículo 116 del Código Tributario sí le afecta, y por ende todo lo actuado en esta causa por un delegado del Director Regional del Servicio de Impuestos Internos es nulo, por carecer dicha delegación de sustento legal, lo que obliga a esta Corte a utilizar sus facultades para proceder de oficio, conforme a lo dispuesto por el artículo 84 del Código de Procedimiento Civil.
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Historial del Caso
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Extracto
Resolución nº 10408, de Corte de Apelaciones de Rancagua - Sala Segunda, 11 de Junio de 2007
Rancagua, once de junio de dos mil de siete.
Vistos:1.- Que la propia parte del Fisco ha hecho presente en estos autos que existe sentencia del Tribunal Constitucional que declara de oficio la inconstitucionalidad del precepto contenido en el artículo 116 del Código Tributario, el cual, por consiguiente, ha quedado derogado. Dicho fallo ha sido publicado en el Diario Oficial del 29 de marzo de 2007 y de acuerdo a la interpretación que propone el Fisco, esa sentencia no produciría efecto alguno en la presente causa, pue...Ver el contenido completo de este documento
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